Imprimir

Código de Procedimientos Penales Artículo 394 bis 2 Estado de Baja California


Vigente, con las modificaciones. Última actualización 14/07/2025

Código de Procedimientos Penales
Artículo 394 bis 2.

Acción penal privada en caso de criterios de oportunidad.- Notificada la resolución del Ministerio Público que aplica un criterio de oportunidad conforme lo dispuesto en el artículo 79, fracción I de este Código, la víctima u ofendido podrán impugnar dicha resolución ante el Juez de Garantía o manifestar su interés de ejercer la acción penal privada en un plazo de tres días contados a partir de la notificación correspondiente.     

Si la víctima u ofendido decide ejercitar la acción penal privada informará al Ministerio Público de esta circunstancia pudiendo solicitarle la práctica de diligencias que resulten indispensables para la investigación.



Estado de Baja California Artículo 394 bis 2 Código de Procedimientos Penales
Artículo 1 ...394 bis 394 bis 1 394 bis 2 394 bis 3 394 bis 4 ...433

Ver el artículo
Los nuevos comentarios en el sitio web

¿A qué se refiere la Fracción XLI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas?


La revocación de mandato aplica para senadores diputados, gobernadores y alcaldes o solo para presidente de la república?


Qué pasa si, la autoridad no se pronuncia en tiempo y forma y se vence el tiempo de ley para pagar la devolución?


Las empresas pueden poner a firmar mil actas administrativas, pero esto no tiene peso juridico, en todo caso es un ataque psicologico, para obligar al trabajador a renunciar, no tiene caso negarse a firmar la acta, hay muchas empresas que ven a empleados faltar hasta mas de cuatro dias en un mes, pero si son productivos, no los van a despedir. En todo caso se debe de aprovechar el firmar un acta, para llegar un acuerdo entre el trabajador y su supervisor, de que se puede hacer para mejorar, consiguiendo los objetivos requeridos.


A la persona que trabaja en el Call Center por ponerse en "No disponible" le dieron un acta. Pregunto: ¿Bajo qué argumento legal se hace ese tipo de actas, la hace recursos humanos, la persona firma una copia?


Últimos comentarios



¿Es Usted jurista? ¿Necesito nuevos clientes?
Publique la información de sí mismo

- Eso es gratís

- La información acerca de 5 mejores juristas está en todas las páginas del sitio

- Este anuncio ven màs de 10 000 visitantes al día

- Para aumentar su rating Usted necesito responder a las preguntas de los usuarios

Registrarse